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domingo, 17 de abril de 2011

"Amaneciendo la palabra". Amaneciendo la justicia

Jacob Pirru en su Shagra -caño Buri /Foto mamiann
Objetivo.-Avanzar en el sistema de justicia propia en la asociación AIZA, para hacer práctico al artículo 246 de la CN, y así fortalecer la gobernabilidad local interna dentro del resguardo “Predio Putumayo”, en cuya jurisdicción tiene competencia la Asociación y, la vez, apoyar a las autoridades departamentales y nacionales en el mantenimiento de la paz, el orden y la convivencia pacífica en el área, a nivel social, cultural y ambiental.

Metodología: Se hizo de una manera participativa, propositiva y no impositiva, y, ante todo, respetando los conocimientos, los tiempos y espacios de la gente. En ese sentido, la comisión de justicia propia de Asociación AIZA) visitó las malocas e investigó en la memoria de los abuelos sabedores sobre el orden ancestral existente en la Ley de origen y su desarrollo posterior. Esta primera etapa investigativa, estuvo a cargo de los indígenas  “Pirru” y “Chamancito” y del “abuelo de Bulgaria”; la asesoría legal de la Fundación Gaia-amazonas, apoyó en su desarrollo, contestó las preguntas que se hicieran, pero evitó ahondar en las leyes actuales para “no contaminar la Ley de Origen (de antes) con el derecho positivo (de hoy)”.

Este conocimiento de los ancianos, se debe complementar con las normas y la jurisprudencia nacionales e internacionales, para que, de una manera coordinada, se le dé vida al sistema de justicia propio que ellos pretendemos crear, para que aquel esté acorde en los tratados internacionales, la Constitución Política (artículos 7, 246, 329, 330) y a las Sentencias de la Honorable Corte Constitucional. En esta etapa del proceso, es importante la presencia de los abuelos sabedores y el protagonismo de un abogado externo, para que explique en detalle los alcances de las leyes, la jurisprudencia y los tratados internacionales ratificados por Colombia, relacionados con el tema.

Al final de esta investigación algo hice mal o desobedecí el consejo de los abuelos porque me enfermé: tal vez comí o bebí algo no tan fresco. De todas maneras, el abuelo Samuel luego me curó. Alguien trajo una ortiga que él sentado en su banco rezó; pidió que me la aplicara en el estómago un rato y todo se calmó. Esa planta verde me castigó un poco; con su poder y las oraciones del abuelo me ordenaron este territorio que llamamos cuerpo

Amanecer la palabra de vida!!.- Recorriendo las comunidades vamos haciendo amanecer la palabra de vida, para hacer respetar nuestros derechos como pueblos indígenas.

Temprano en la mañana viajamos. Nos impulsa un bote de madera jalado por un “peque peque” que avanza sumiso y a poca velocidad. Hay que llegar de día – pensamos- para tener las fuerzas y la energía suficiente para  "mambear la palabra” en la noche. Esta costumbre de conversar en la maloca “mambeando coca dulce y chupando ambil frio”, es una tradición ancestral muy arraigada en nuestras comunidades indígenas Huitoto y Bora de esta zona y hay que respetarla ¡!. 

La mujer del maloquero nos recibe con yuca dulce – cahuana, chicha, fariña, casabe-, pesca’o muquiao uva caimarona, piña, carne de boruga, danta, mico, etc. Él dueño de la maloca, sentado en su banco de saber, nos saluda con ambil y coca. Abre la conversa. Nos hace preguntas y responde preguntas (en su idioma). El abuelo sabedor nos abre su mente y nos enseña la vida de antes y la vida de ahora: ¿cómo era el orden antiguo establecido por el padre creador?; qué normas internas había (hay) para vivir en armonía con los seres de la naturaleza?; ¿cómo se sancionaban las faltas?, ¿Qué nos dejó el padre creador? Se cierra la conversa. Nos vamos a dormir bien “colga’os en las hamacas”


 “La justicia para nosotros es la misma educación, la misma salud, es prevención… “Abuelo sabedor de comunidad Tolima

“El creador dejo ordenado todo, para que el hombre cumpliera su misión y no le pase nada; para esto dejo la coca, el tabaco y la yuca dulce”. “al que robaba le cortaban las manos”. Con la justicia “se aprender a respetar su cuerpo”; “la criatura no sufre consecuencias”; “no se sufren enfermedades naturales”; “se llega a la vejez; “se tiene contenta a la familia”; “no se toca las frutas del vecino”; “no se culpa a otra persona por ciertas faltas”; “el conocimiento se da en la nueva generación para que el hombre se maneje bien con la naturaleza”.

‘Antes de aplicar el castigo debe haber una advertencia’. Abuelo sabedor de comunidad Consejo de Ancianos.

“En caso de homicidio el responsable debía entregar una hermana” Abuelo sabedor de comunidad Centro Arica

 “Para nosotros desde un comienza hubo leyes, sin eso no podríamos vivir: Para nosotros la justicia se refleja en respeto, bajo esto se forma al hombre educado. Las leyes del indígena son el consejo, con esto nos enseñaban nuestros padres... Por medio de la naturaleza se manifiesta el creador, todo tiene un principio y un final”.

Al que desobedecía: “se le daba comer ambil: se le echarle humo de ají. “La justicia busca sacar el mal espíritu que hay en la persona que comete las faltas. Se debe realizar una purificación”.

En ese sentido la justicia sirve “Para no fornicar”; “para orientar a la persona" "para que no se pierda del mandato”;” para triunfar en la vida”; “para que la nueva generación viva bien”; “para llegar a la vejez”; “para poder manejar los recursos naturales”.

 “La justicia comienza educando al niño desde el vientre para que no sea castigado en el mañana…” Abuelo sabedor de comunidad Nueva Reforma

“. Con esto se busca el respeto a todos los miembros de la comunidad, sino cumplimos las dietas estamos en riesgo de que nos pase algo malo. El que se encarga de aconsejar es el abuelo, el cual trasmite buenos pensamientos para trabajar bien. La justicia, por tanto “es sanar a la persona y hacer que se levante y continúe de nuevo”; “con la justicia se cura todas las enfermedades que nos amenazan”.
“por la desobediencia siempre nos pasa algo malo”. Abuelo sabedor de la cmunidad Cartagena
En la exponen que “para fortalecer la justicia hay que vivirla”; “hay que dietar y prevenir”.

“Los consejos en la familia se trasmiten; de la madre a la niña y del padre al niño". Abuelo sabedor comunidad de Nueva Unión 

 “La justicia es un proceso de formación: cuando el niño se encuentra en el vientre, desde ese momento se le prepara para que sea curandero, cantor, n+mairama y otros. El baño por las mañanas es muy primordial (3 o 4 am) para el desarrollo físico y mental. La justicia comienza en saber escuchar los consejos para administrar la abundancia. Con la justicia sabemos de dónde venimos y para dónde vamos. Con esto aprendemos a comportarnos con los demás.

A manera de conclusión (Resumen):

La justicia propia no es algo que debemos construir. Esta palabra o ley ya nos fue dado desde el origen del hombre, en donde nos entregaron la palabra de vida, para que con ese mandato poder vivir de una forma ordenada y en armonía con la madre naturaleza. El padre creador buscaba que este conocimiento se siga transmitiendo de generación en generación. Aun hoy, a pesar de la colonización de que hemos sido víctimas, La justicia se viene aplicando en todos los campos del derecho, en cuanto tiene que ver con la convivencia social de la comunidad.


Esta investigación es para mostrarle al resto del país y al mundo lo que sentimos, lo que queremos y lo que pensamos; como seres diferentes que somos. Queremos que nuestros hijos vivan mejor que nuestros padres y los padres vivan mejor que nuestros abuelos. Para lograr la abundancia material y espiritual que necesitamos, estamos trabajando bajo la palabra de tabaco, coca y yuca dulce (palabra de vida); siguiendo el consejo de los abuelos y el principio de la obediencia”. Comisión justicia propia de la Asociación de Autoridades Tradicionales de Puerto Arica (AIZA)

 “Puedo hacer un código en mi casa y mandarlo por internet para que sea aprobado por los indígenas, pero esa sería la justicia mía no la de Ustedes”; “se trata de crear un instrumento propio nacido del conocimiento de los Huitoto y Bora, para que le sirva a los Huitoto y los Bora” ”la sabiduría sobre ese tema y, en esta etapa del proceso, está en la memoria de los mismos indígenas, no en otra parte”. Nelson MG. (Diario de campo).


En Flandes, en 1547, Teoflastus me lo explicó todo. “Nos dieron la diversidad del mundo”, me dijo “pero nosotros solo queremos el oro. Tú encontraste un tesoro, una selva infinita, y sentiste infinita decepción, porque querías que esa selva de miles de apariencias tuviera una sola apariencia, que todo en ella no fuera más que leñosos troncos de canela de Arabia. Anda, dile al designio que hizo brotar miradas de bestias que tú no quieres ver más que tigres. Dile al artífice de los metales que sólo estás interesado en la plata. Dile al dimiurgo que inventó las criaturas que el hombre sólo quiere que sobreviva el hombre. Ve y dile al paciente alfarero que modela sin tregua millones de seres que sólo tú quisiera ver un rostro, un rostro humano para siempre. Y dile al incansable y celeste dibujante de árboles que sólo te interesa que un árbol exista. Es eso lo que hacemos desde cuando surgió la voluntad. Apretar en el puño una polvareda de estrellas para tratar de condensarla en un sol irradiante. Reducir a la arcilla las estatuas de todos los dioses para alzar de su masa un dios único, desgarrado de contradicciones, atravesado de paradojas y por ello lastrado de imposibles”. William Ospina. El país de la Canela. Página 11.


Fundamentos legales (principales)

Artículo 7º CN.- “El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana”. 

Artículo 246 CN.-“Las autoridades de los pueblos indígenas podrán ejercer funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial, de conformidad con sus propias normas y procedimientos, siempre que no sean contrarios a la Constitución y leyes de la República. La ley establecerá las formas de coordinación de esta jurisdicción especial con el sistema judicial nacional. 

Jurisprudencia.- Los derechos humanos que no pueden ser objeto de modificación: “En primer lugar, tales bienes están constituidos por el derecho a la vida (C.P., artículo 11), por las prohibiciones de la tortura (C.P., artículo 12) y la esclavitud (C.P., artículo 17) y por legalidad del procedimiento y de los delitos y de las penas (C.P., artículo 29). En efecto, como lo ha manifestado la Corte, sobre estos derechos existe verdadero consenso intercultural;


Los anotados derechos pertenecen al grupo de derechos intangibles que reconocen todos los tratados internacionales de derechos humanos y que no pueden ser suspendidos ni siquiera en situaciones de conflicto armado (Pacto de Derechos Civiles y Políticos [Ley 74 de 1968], artículo 4-1 y 2; Convención Americana de Derechos Humanos [Ley 16 de 1972], artículo 27-1 y 2; Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes [Ley 78 de 1986], artículo 2-2; Convenios de Ginebra [Ley 5 de 1960], artículo 3°; Convención Europea de Derechos Humanos, artículo 15-1 y 2); y,


Con relación al derecho a la legalidad del procedimiento y de los delitos y de las penas, el artículo 246 de la Constitución hace expresa referencia a que el juzgamiento se hará conforme a las "normas y procedimientos" de la comunidad indígena, lo cual supone la preexistencia de los mismos respecto del juzgamiento de las conductas”.”. Sentencia T-349 de 1996 MP: Carlos Gaviria Díaz.

Comunidades visitadas

Las comunidades indígenas afiliadas a la Asociación indígena AIZA (Puerto Cabello, Nueva Esmeralda y New Witemberg, por el rio Igará Paraná; Tolima, Centro Arica, Consejo de Ancianos, Sábalo Yacu, Cartagena, Nueva Reforma y Puerto Limón por el rio Putumayo; y, Nueva Unión por el caño El Buri). 


Comision de Justcia Propia de AIZA

Al abuelo Samuel, Jacob Pirru y Diego Butuna: integrantes de la comisión de justicia propia . Apoyo legal: Nelson Mamián Guzmán (Fundación Gaia- Amazonas). refrencias: memorias, actas del congreso AIZA, diario de campo, grabaciones/ trueque de ideas. Investigación realizada del 17 de junio al 17 de julio del 2009


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